- Tener 15 años o más y que se encuentren en situación de rezago educativo (Sin secundaria).
- Llenar debidamente, en línea o impreso, el formato de "Registro de inscripción de la Persona educanda".
- Fotografía reciente.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) preferentemente.
- Matrícula consular, Acta de Nacimiento o Pasaporte para personas educandas que serán atendidos en la Plazas Comunitarias en el Exterior, en caso de contar con ellos.
- El certificado de educación primaria expedido por la SEP o el INEA o alguna autoridad educativa local (secretarías de educación estatales o entidades que, en su caso, se establezcan para el ejercicio de la función social educativa).
- Las personas educandas que elijan la opción de acreditación por Reconocimiento de Saberes, podrán presentar un portafolio de evidencias (constancias de cursos de capacitación, antecedentes escolares del sistema escolarizado o del INEA) con el que demuestran que tienen conocimientos equivalentes a primaria y/o secundaria.
- Para el reconocimiento de antecedentes educativos en el sistema escolarizado, será necesaria la presentación de boletas correspondientes expedidas por la autoridad competente.
- El INEA, los IEEA, UO del INEA y Plazas Comunitarias en el Exterior, no podrán brindar servicios educativos a aquellas personas que estén inscritas en el sistema escolarizado competencia de otra autoridad educativa.
- La población penitenciaria en situación de rezago educativo que requiera algún servicio educativo del INEA, podrá presentar su Ficha Signalética o un documento de identificación emitido por el Centro Penitenciario firmado por el/la Director/a del penal.
Para ayuda, dudas o aclaraciones, puede comunicarse a los teléfonos mostrados en el pie de página o escribir al correo de contacto@idea.gob.mx