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Los datos personales de las personas aspirantes a beneficiarias del subsidio y la información adicional generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Una vez que las personas solicitantes a ser beneficiarias del subsidio sean incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas Beneficiarias, que, conforme a lo establecido por la Ley General de Desarrollo Social, será de carácter público, siendo reservados sus datos personales, de acuerdo a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, los cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para algún otro fin distinto al establecido en las Reglas de Operación del programa social.

En caso de existir alguna inconformidad, queja o denuncia derivada del proceso de admisión en esta convocatoria, las personas interesadas deberán presentar por escrito su inconformidad, señalando su nombre completo, dirección para recibir notificaciones, teléfono de contacto, los presuntos hechos que constituyen su inconformidad o queja, adjuntando los documentos relacionados con el asunto.

La participación de mujeres y hombres en la solicitud y elegibilidad de los apoyos que proporciona el presente Programa será en igualdad de condiciones y oportunidades, por lo que, ser mujer u hombre no será motivo de restricción para la participación y elegibilidad en la obtención de los apoyos; asimismo, buscará fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y el respeto a los derechos humanos.

La participación en este programa es de carácter solidario y voluntario, y el apoyo económico proviene de un subsidio establecido conforme a las Reglas de Operación vigentes, por lo que no se genera ninguna relación de tipo laboral ni compromisos contractuales con la institución.

Todos los formatos y trámites a realizar son gratuitos y estarán disponibles en los lugares de registro.

Las personas voluntarias beneficiarias del subsidio tendrán las siguientes obligaciones:

  • Recibir y acreditar las formaciones o actualizaciones que le sean requeridas.
  • Realizar las actividades asignadas en el apoyo a los servicios educativos en que fue vinculada como la persona voluntaria beneficiaria del subsidio, conforme a los criterios establecidos en el anexo 1 de las Reglas de Operación del Programa.
  • Mantener una conducta apegada a los valores de respeto a los derechos humanos, no discriminación, tolerancia e igualdad de género.
  • Guardar estricta confidencialidad respecto a los datos personales de las personas educandas.
  • No hacer mal uso de la información y documentos oficiales a los que tienen acceso.
  • Conservar los espacios y no dañar el mobiliario y equipo donde se ofrece el servicio educativo.
  • Cuidar y hacer buen uso de los materiales educativos que se le proporcionan.

El o la persona aspirante a PVBS deberá presentar para su registro de forma personal, la siguiente documentación en original y copia:

  • Identificación oficial vigente con fotografía
  • CURP
  • Comprobante de domicilio
  • Comprobante de estudios

Solamente se aceptará documentación completa, legible, sin tachaduras ni enmendaduras, la cual deberá ser cotejada contra el original en ese momento.

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