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Las personas voluntarias beneficiarias del subsidio tendrán las siguientes obligaciones:

  • Recibir y acreditar las formaciones o actualizaciones que le sean requeridas.
  • Realizar las actividades asignadas en el apoyo a los servicios educativos en que fue vinculada como la persona voluntaria beneficiaria del subsidio, conforme a los criterios establecidos en el anexo 1 de las Reglas de Operación del Programa.
  • Mantener una conducta apegada a los valores de respeto a los derechos humanos, no discriminación, tolerancia e igualdad de género.
  • Guardar estricta confidencialidad respecto a los datos personales de las personas educandas.
  • No hacer mal uso de la información y documentos oficiales a los que tienen acceso.
  • Conservar los espacios y no dañar el mobiliario y equipo donde se ofrece el servicio educativo.
  • Cuidar y hacer buen uso de los materiales educativos que se le proporcionan.